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Yeni: "Por primera vez, la corrupción es un delito autónomo"


"Por primera vez en República Dominicana la corrupción es un delito autónomo", resaltó este jueves la procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, al dictar una conferencia sobre la importancia que tiene para la transparencia la modificación aprobada al Código Penal y la nueva Ley de Compras y Contrataciones Públicas.

"¿Qué quiere decir que es un delito autónomo? Que cualquier hecho doloso que afecte al patrimonio público es un acto de corrupción y ese acto de corrupción no necesariamente tiene que estar expresamente dependiendo de otra conducta sino que, ya puede ser sancionado desde el tipo penal autónomo", dijo.

Reynoso resaltó que los nuevos tipos penales del Código, que entrará en vigencia a partir de 2026, fueron alineados con la Ley de Lavado de Activos, contemplando la aplicación de penas de entre 3 y 10 años.

"Todos estos tipos penales fueron alineados con la Ley de Lavado de Activos, lo que quiere decir que todos, al menos, tienen de pena de 3 a 10 años, para que puedan ir como tipos penales de delitos precedentes de la Ley de Lavado", añadió.

Recordó, además, la acumulación de penas y resaltó que el nuevo código, aunque con aspecto mejorable, "está alineado con la convención contra la corrupción y con los países más avanzados en este tema".

Resaltó que con sus dos décadas impartiendo docencia en distintas universidades y aplicando en su trabajo del día a día las normas penales, le permite decir al Congreso y a la sociedad que la pieza aprobada y luego promulgada "es un buen Código Penal".

"La corrupción es transversal al desarrollo de los pueblos. Cuando se comete un acto de corrupción, fondos que deben ir a Salud Pública, no van; fondos que deben ir a Educación, no van; fondos que deben ir a Seguridad, no van. Entonces, ¿quién es la víctima de los actos de corrupción?, la sociedad", dijo.

Enriquecimiento ilícito

Reynoso resaltó que el enriquecimiento ilícito, por ejemplo, que se contempla como un tipo penal, tiene algo especial, al permitir el decomiso del bien producto de la corrupción y establecer la inhabilitación de por vida de la persona procesada para ocupar posiciones públicas.

"Al que se le condenó por enriquecimiento ilícito jamás podrá volver a una función pública, ni electiva, ni de designación. Tiene inhabilitación de por vida"Yeni Berenice ReynosoProcuradora General de la República“

"Ya no solo se persiguen las personas físicas, sino, también, las personas jurídicas, llegando a la disolución de las empresas. En la actualidad hay unas decenas de empresas que van a ser inhabilitadas a raíz de decisiones judiciales de acuerdos y otros procesos", dijo.

Puntualizó que la responsabilidad penal de las empresas es importante porque la mayoría de las grandes contrataciones con el Estado ya no son con personas físicas, sino con empresas, aunque eso no implica que quede fuera de un proceso el funcionario que participe de un acto ilícito o la persona que está detrás de las empresas.

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